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Restricción de microplásticos en la UE: un desafío para los fabricantes de cosméticos

Restricción de microplásticos en la UE: un desafío para los fabricantes de cosméticos

Seppic, como proveedor de ingredientes, ayuda a comprender mejor la restricción de microplásticos y a encontrar la solución adecuada para reemplazar los modificadores de reología que son microplásticos.

¿Cómo se pueden identificar los microplásticos según la restricción europea sobre microplásticos?

Según el Reglamento (UE) 2023/2055, emitido por la Comisión Europea el 25 de septiembre de 2023, los microplásticos, también llamados partículas de polímeros sintéticos (SPM), se definen oficialmente como:

● partículas de polímeros sólidos con un tamaño inferior a 5 mm

● a excepción de aquellos que son biodegradables, naturales, solubles en agua o sin átomos de carbono

El criterio de solubilidad es esencial para determinar si un polímero sintético califica como SPM. Según el Apéndice 16, la prueba de solubilidad debe llevarse a cabo a un pH de 7 en un material de prueba que sea comparativamente similar a las partículas de polímero en su forma comercializada.

Por un lado, hay polímeros sintéticos sólidos que requieren neutralización durante la formulación, lo que resulta, a pH 7, en una forma que difiere de su estado proporcionado. Para estos polímeros, la prueba de solubilidad no es aplicable, lo que impide que se excluyan de la definición de microplástico en función del criterio de solubilidad. Como resultado, estos polímeros, como el carbómero, se definen como microplásticos.

Por otro lado, hay polímeros que se suministran en forma preneutralizada, lo que significa que permanecen sin cambios a pH 7 respecto a su estado suministrado. Este es el caso de los polímeros sintéticos sólidos de Seppic. Para estos polímeros, la prueba de solubilidad se puede realizar bajo las condiciones especificadas por la restricción. Según las mediciones realizadas siguiendo las directrices de la OCDE 120, los polímeros sintéticos sólidos de Seppic no son microplásticos según los resultados de su prueba de solubilidad.

¿Qué está en juego para los fabricantes de cosméticos que utilizan microplásticos?

1. ¿Cuáles son las obligaciones?

Los fabricantes de cosméticos que utilizan microplásticos en sus productos, como los polímeros que requieren neutralización durante la formulación, deben navegar por pasos complejos para garantizar el cumplimiento normativo.

En primer lugar, se requiere que los fabricantes de cosméticos informen anualmente sobre el uso de microplásticos en sus sitios de producción.

En segundo lugar, los fabricantes de cosméticos deben demostrar que cualquier microplástico utilizado está modificado permanentemente durante la formulación; si se cumple esta condición, la formulación queda fuera del alcance de la restricción.

Si no es así, en tercer lugar, deben demostrar que el microplástico está modificado permanentemente durante su uso final previsto. En este caso, la formulación califica para una derogación y debe incluir información que indique cómo evitar la liberación en el medio ambiente, además de cumplir con los requisitos de reporte.

Si ninguna de estas condiciones es cumplida, la formulación está prohibida en el mercado.

Restricción de microplásticos en la UE: un desafío para los fabricantes de cosméticos
Obligaciones de los fabricantes de cosméticos relacionadas con el uso de microplásticos

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